A- de 2012
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Luis Ernesto Vargas Silva
✓Claimant Fabio Amado Marin Vs Servicio Geologico Colombiano, Grupo De Trabajo Regional Nobsa·Respondent Sin Información
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Competencia de Juzgado Civil del Circuito
- Conocimiento de los jueces o tribunales del lugar donde ocurrió la violación o amenaza que motivo la solicitud
- Reiteración Auto 124/09
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de Competencia suscitado entre el Juzgado Segundo Civil del Circuito de San Gil (Santander) y el Juzgado Segundo Civil del Circuito de Sogamoso (Boyacá).
El primer despacho judicial declaró la incompetencia para conocer el asunto argumentando que le correspondía tramitar la acción a los jueces con jurisdicción en el municipio de Boyacá, en razón a que el demandante realiza su labor en el municipio de Umbita (Boyacá) y que el accionado es un grupo de trabajo regional de Nobsa (Boyacá).
Por su parte, el segundo operador jurídico se abstuvo de avocar el conocimiento y propuso el conflicto negativo de competencia, argumentando el desconocimiento del factor territorial de la acción de tutela y en la aplicación del término competencia a prevención, indicando además que el domicilio registrado por el accionante es el municipio de San Gil (Santander). .
La Sala reitera el marco jurídico que determina la competencia en materia de tutela y decide el conflicto ordenando la remisión del expediente al Juzgado Segundo Civil del Circuito de San Gil, para que con fundamento en la competencia a prevención, avoque de manera inmediata el conocimiento de la demanda de tutela y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (6 points)
- Primero. DEJAR SIN EFECTO el auto proferido por el Juzgado
- Segundo. Civil del Circuito de San Gil, Santander, el 23 de marzo de 2012, dentro del expediente ICC-1822.
- Segundo. REMITIR al Juzgado
- Segundo. Civil del Circuito de San Gil, Santander, el expediente ICC-1822, para que, avoque el conocimiento de manera inmediata, y adopte la decision de fondo a que haya lugar.
- Tercero. Por la Secretaria General de esta Corporacion, COMUNICAR al Juzgado
- Segundo. Civil del Circuito de Sogamoso, Boyaca, la decision adoptada en esta providencia.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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